Referència del Consell de Ministres del 17 de novembre de 2006
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A TRAVÉS DE INTERNET
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para permitir la constitución de Sociedades de Responsabilidad Limitada a través de Internet. La norma se lleva a cabo entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Ministerio de Justicia, y pretende extender la tramitación telemática, hasta ahora únicamente reservada a la Sociedad Limitada Nueva Empresa, a la constitución de cualquier Sociedad de Responsabilidad Limitada. Está previsto que el Real Decreto entre en vigor a primeros de 2007.
Tras la entrada en vigor de la Ley de 1 de abril de 2003, de la Sociedad Limitada Nueva Empresa, y la puesta en marcha del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), la tramitación telemática de la constitución de empresas con forma societaria, basada en el Documento Único Electrónico, ha demostrado tener un importante valor para las empresas, ya que reduce de manera muy significativa los tiempos de constitución. Por tanto, se hace necesario extender a otras formas societarias la tramitación telemática, en concreto a la Sociedad de Responsabilidad Limitada, por ser el tipo de sociedad más utilizado en el mundo empresarial.
A partir de la promulgación del Real Decreto, los emprendedores que quieran adoptar la forma jurídica de Sociedad de Responsabilidad Limitada, podrán beneficiarse de:
- Una red formada en la actualidad por 150 oficinas de tramitación telemática, distribuidas en trece Comunidades Autónomas. Dichas oficinas, denominadas Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT’S), también prestan asesoramiento a los emprendedores tanto en la constitución de su empresa, como en los primeros años de funcionamiento. Esta red está en continua expansión ya que puede adherirse a ella, gratuitamente, cualquier organización especializada en la creación de empresas.
- Un procedimiento con el que sólo tendrán que acceder presencialmente a un PAIT y al notario que elijan para el otorgamiento de la escritura pública de la sociedad. De esta forma, se evitarán desplazamientos para realizar el resto de los trámites y el uso de formularios en papel. El sistema de tramitación telemática del Centro de Información realizará la tramitación ante los organismos competentes, teniendo en cuenta los datos introducidos en el Documento Único Electrónico, que sustituye a los quince formularios actuales: liquidación del impuesto de trasmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados; inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil; trámites ante Hacienda y Seguridad Social, etcétera. En definitiva, esta medida permite la constitución y puesta en marcha de una sociedad en un tiempo record.
- Un proyecto que, además de haber recibido numerosos reconocimientos nacionales e internacionales, ha sido calificado recientemente con la máxima puntuación en el informe de la Comisión Europea sobre la “Disponibilidad y Sofisticación de los servicios públicos en Internet”.